Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE el Amparo Cautelar solicitado por la empresa mercantil ESTACIONAMIENTO LOS LEONES C.A., antes identificada, en contra del INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO DE LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS).
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la medida cautelar de suspensión de los efectos solicitada solicitado por la empresa mercantil ESTACIONAMIENTO LOS LEONES C.A., antes identificada, en contra del INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO DE LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS). En consecuencia, se suspenden los efectos jurídicos del acto administrativo contenido en el Informe de Inspección de Oficio Nº 1298/08 de fecha 06 de octubre de 2008 dictado por el INST.....