Establecido el anterior criterio y verificado por esta Juzgadora, los extremos en que las partes llegaron a los acuerdos alcanzados, homologa el acuerdo alcanzado sólo en cuanto al procedimiento, por cuanto no vulneran derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, . Dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así se establece.
La Juez
Abg. Beatriz Pinto