DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MARLEN ARIAS, apoderada judicial de la parte demandada contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 06-04-04 que repuso la causa al estado de complementación del auto de admisión, con la publicación de un edicto, dejando sin efecto todo lo actuado a partir de dicho auto.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el Artículo 251del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisión, líbrese boleta y entréguesele al Alguacil y conforme al Art. 248 ejusdem, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.