se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer y decidir la presente causa. ASÍ SE DECIDE.
Debido a la anterior declaratoria, se DECLINA LA COMPETENCIA, para el Tribunal de Primera Instancia del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo que por distribución corresponda, al cual se ordena remitir con oficio, las presentes actuaciones, y anexo Triangulo de seguridad de color rojo fosforescente con una base de plástico color blanco y aluminio anexa al mismo cubierta de un estuche color rojo y azul que fue consignado como prueba, en este Tribunal, y siempre que transcurrido el lapso previsto en el artículo 69 eiusdem, Y no se hubiere solicitado la regulación de la competencia.
Notifíquese a la parte actora.