DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos este Tribunal de Juicio Nº 4, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y COMO CONSECUENCIA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con los artículos 48 ordinal 5º y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JOSE RAFAEL VALERA ESCOBAR, titular de la Cedula de identidad Nº V-datos omitidos, Por el Cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso, decretándose el cese de cualquier medida de coerción que pudiera pesar sobre él.
Publíquese, Regístrese y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial a los fines de su conservación. Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO Nº 4
ABG. CARLOS GABRIEL TORREALBA GAMARRA
EL SECRETARIO