Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES, incoara por el BANCO EXTERIOR C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES MARMOLERA GUANIPA, C.A., (SERCOMACA), y los ciudadanos RICARDO CARREÑO ZORRILLA y MARIA TERESA DIAZ DE CARREÑO, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: La extinción de la obligación de conformidad con lo establecido en el artículo 1283 del Código Civil.-
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
En relación a los demás pedimentos, este Juzgado proveerá por separado.-