este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, el referido documento, y por ende HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO en el juicio por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO intentado por el ciudadano TONY RICHARD NAVAS TORREALBA venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.878.757 CONTRA la ciudadana ZULMA LILIANA LEAL LEAL venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-20.471.666.