DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada CARMEN ENEIDA ALVES, Defensora Pública Penal, defensora del ciudadano CARLOS ALBERTO RANGEL PEÑA, contra decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N ° 7 de Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 09 de agosto de 2005, mediante la cual acordó mantener la medida judicial de privación de libertad al mencionado acusado, con motivo de la solicitud de aplicación del Principio de Proporcionalidad .