Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 02 de diciembre de 2009.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, por tanto se condena a la demandada a pagar al actor cantidad de DIEZ MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.10.778,oo0), más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo
TERCERO: Se exonera de Costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se CONFIRMA la Sentencia apelada.