En relación a la impugnación de las documentales denominado punto 1.- promovidas por la representación de la Procuraduría General de la Republica, marcadas con la letra "B", respecto al memorandum N° 166-12 de fecha 06 de marzo de 2012, que expone: "... fueron consignados en copias simples, sin que pueda evidenciarse del mismo la persona que lo suscribe o lo firma, ni la cualidad, así como tampoco puede distinguirse del mismo a que órgano se corresponde un sello incompleto, que desvirtúa su validez, por lo que procedo a impugnarlo y desconocerlo conforme a lo establecido en el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil y a la reiterada jurisprudencia, solicitando que no sea admitida ni valorada en la definitiva, así como los alegatos que pretende probar la parte querellada con este instrumento, tratando de establecer que su contenido se desprende a las funciones que le eran propias al cargo que ostentaba, y que no se distingue ya que no hace mención alguna a la aseveración: "... co.....