DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Estadal Tercero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. El DECAIMIENTO DEL OBJETO, en cuanto a la Solicitud de Desafuero.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Estadal Tercero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, con sede en Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de febrero 2022. Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.-
La Jueza,
SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR.
La Secretaria,
ABG. MARIA JOSE MARTINEZ.
La Suscrita Secretaria, deja constancia que el sello del Juzgado no señala la nueva nomenclatura de este Órgano Jurisdiccional, y que seguirá utilizando los existente en el Tribunal, tal y como quedo sentado en el acta 817 de fecha 22 de febrero 2018.
La Secretaria.....