TITULO III.
DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Héctor Luís Rodríguez Pérez, en su condición de Defensor Privado del ciudadano JOSIFRANK JOSMIR PEREZ COLMENARES, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 08 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 23/05/2013 y fundamentada en fecha 26/06/2012 mediante el cual declaro Sin Lugar la solicitud de Nulidad Absoluta de las actas policiales, por cuanto la misma no tiene razón de ser en este momento procesal, ya que por decisión de fecha 12/12/2013, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lar.....