De lo anterior, según Rengel Romberg, se excluyen nuevas impugnaciones que puedan renovar indefinidamente el proceso en instancias sucesivas, y, por otro lado, perpetúa el resultado final del proceso, haciéndolo inmodificable en todo proceso futuro que pueda plantearse sobre el mismo objeto (cosa juzgada material).
Conforme a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado estima que la indexación monetaria solicitada por la representación judicial de la parte actora en virtud del criterio jurisprudencial establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 14 de mayo de 2014 (caso Mayerling Castellanos Zarraga vs. Dirección Ejecutiva de la Magistratura), no fue acordada por la sentencia de fondo, la cual quedó definitivamente firme por haberse agotado los lapsos para la interposición de los recursos correspondientes que enervaran sus efectos, toda vez que la sentencia del cual tratan las precedentes actuaciones fue publicada en fecha 15 de en.....