Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide así: PRIMERO: Se declara PROCEDENTE EL DERECHO del abogado TAREK KHATIB SANCHEZ, a cobrar Honorarios Profesionales a la sociedad mercantil KARMATY, C.A. SEGUNDO: Se acuerda la indexación monetaria del total de las cantidades que determine el Tribunal Retasador por concepto de honorarios profesionales.