En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 29 de marzo de 2016, por la ciudadana ADRIANA BALDUCCHI DE SANTIS, en su carácter de apoderada general del ciudadano LUCIANO ROMEO BALDUCCHI SANTIS, asistida por el abogado CARLOS AUGUSTO LOTUFFO ADRIAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.467, ampliamente identificados en el encabezamiento del presente fallo, en contra de la decisión dictada el 16 de marzo de 2016, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de desalojo, incoada por el ciudadano LUCIANO ROMEO BALDUCCHI SANTIS, en contra del ciudadano .....