Se declara INADMISIBLE la reconvención por daños y perjuicios intentada por la Sociedad Mercantil Materiales Rucor, C.A. representada judicialmente por el abogado Salim Richani Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.193 contra los ciudadanos Antoine Karam Abou Attieh y Rosanna Zottarelli de Karam, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número.