Revisado como ha sido el escrito consignado por el accionante, se puede apreciar que el mismo ha subsanado las omisiones de las cuales adolecía su escrito, pudiendo constatarse que la acción de Amparo incoada cumple con los requisitos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo cual lo procedente es admitir la misma y así se decide.
En virtud de lo anterior se convoca a las partes para el día Jueves 20 de Abril de 2006 a las 9:00 de la mañana para notificarse sobre la audiencia constitucional que será realizada dentro de las 96 horas siguientes a que conste en autos la última notificación .Así se declara. Líbrense las respectivas boletas de notificación a las partes. Cúmplase.