En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE IN LIMINIS LITIS, la presente acción de amparo interpuesta por la ciudadana abogada MIROSLAVA REYES BRITO, actuando en representación de su derechos e intereses; contra la sentencia definitiva dictada el 18 de junio de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial; en el juicio contentivo de cumplimiento de contrato de arrendamiento, incoado por la precitada ciudadana abogada MIROSLAVA REYES BRITO, contra la sociedad mercantil U-TALIERS CAR´S, C.A., en la persona del ciudadano ELADIO DE ABREU TEXEIRA; en el expediente signado con el N° 53.515, nomenclatura del precita.....