SE DECLARA la CONVERSION EN DIVORCIO, de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos CARLOS EDUARDO BERMEJO MARTINEZ y LUZ MARINA LIRA OCHOA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.289.101 y V-15.226.444 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado GILBERTO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61744 y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía desde el día 11 de octubre del 2.007, fecha en que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, inserta en los Libros de Registro del Estado Civil llevados por ante ese despacho, signada bajo el número 402, tomo II, Año 2.007.