Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada entre las ciudadanas MARÍA MARGARITA SIERRA MARTÍNEZ y DEVORA ESPERANZA SIERRA MARTÍNEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-2.850.033 y V-5.276.857, respectivamente, asistidas por el abogado WILLMER OVALLES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.687, parte demandada en el presente juicio por PARTICIÓN HEREDITARIA, incoado por los ciudadanos MARÍA ALEJANDRA SIERRA BALBOZA, MARIANGEL SIERRA BALBOZA, VÍCTOR OSWALDO SIERRA BALBOZA y PETYRA DOLORES BALBOZA PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-14.981.785, V-16.364.141 y V-7.234.705, respectivamente, ello en razón a lo dispuesto en el a.....