Por las razones que anteceden esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
1.-Declara sin lugar el recuso de apelación interpuesto por los abogados Eliécer Peña Granda y Yalira Grande, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ROBERTO SOTILLET DEL ROSARIO, contra la decisión del 21 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declara inadmisible la acción de amparo constitucional peticionada.
2.-Confirma la decisión impugnada.
Publíquese, diarícese, regístrese esta decisión, notifíquese al accionante, déjese copia certificada de la misma, devuélvase el expediente, anexo a oficio. Cúmplase.