Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes términos: Se deja sin efecto la orden de captura librada por este Tribunal en contra de otrora adolescente IDENTIDAD OMITIDAD, plenamente identificado, en la causa seguida por el delito de Ocultamiento y Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y sancionado en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Publíquese. Regístrese.
Cúmplase.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Control del Tribunal del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente, a los diecisiete (17) días del mes de Agosto del año dos mil diez (2010). Año 200º y 151º.