En merito de lo anterior este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR EL Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los abogado JOSÉ LISANDRO SISO ABREU Y BERNARDO ANTONIO CUBILLAN MOLINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 76.063 y 2.723, respectivamente, actuando en nombre y representación del ciudadano CARLOS ADOLFO IBARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-6.313.871, contra el acto administrativo de destitución contenido en la Resolución Nº 62, de fecha 31 de octubre de 2007, emanada de la Presidencia del INSTITUTO AUTÓNOMO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y TRASPORTE. En consecuencia declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer la querella interpuesta por los abogados JOSÉ LISANDRO SISO ABREU Y BERNARDO ANTONIO CUBILLAN MOLINA, inscritos en el Inpreabogado .....