PRIMERO: IMPROCEDENTE EL RECURSO DE REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA ejercido por el abogado OBERTO MANUEL RANGEL CERVERA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 229.773, en su condición de apoderado judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL MERCOSUR CÁMARA DE COMERCIO EXTERIOR, registrada en el Registro Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en el Tomo 44, bajo el N° 39, folios 227 de fecha 21 de noviembre de 2013, con domicilio en Barquisimeto estado Lara, y Registro de Información Fiscal N° J-40343834-0, representada por el ciudadano ALEXANDER YOEL NASSER ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.533.276, contra la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 03 de agosto del año 2022, en el asunto judicial N° KP02-V-2022-001010.
SEGUNDO: COMPETENTE por el territorio el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario.....