En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 26 de septiembre de 2008, por la abogado JULISER RODRÍGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 64.268 y de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Rafael Barrios, en su carácter de apoderado de la parte accionada sociedad mercantil Industrias Unidas C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil llevado por ante el Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 20 de noviembre de 1972, bajo el N° 3.840 y posteriormente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 10 de junio de 1999, bajo el N° 27, tomo 23-A, en contra d.....