Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: CONDENA al ciudadano LUÍS ELIÉCER HERNÁNDEZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.497.422, residenciado en la Urbanización El Pampero, calle 2 con carrera 3, sector Vicente Rivero, casa Nº 57, Barquisimeto, Estado Lara, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley como lo son: 1. La Inhabilitación Política durante el tiempo de la condena; y 2. La Sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código penal. Se mantiene la Medida Cautelar sustitutiva de libertad de presentaciones ampliá.....