Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de la Resolución Administrativa Nº 582 de fecha 06/07/2010, correspondiente al expediente Nº 078-2010-06-00138 y de sus planillas Nº 588 de fecha 06/07/2010, por la cantidad de (Bs. 12.093,00) y planilla de Liquidación signada con el Nº 1218 por un monto de (Bs. 181.395,00), ambas planillas llevadas a cabo por la Inspectoria del Trabajo "PEDRO PASCUAL ABARCA", solicitada por el ciudadano ELIAS HONSI REY, identificado con anterioridad, en su carácter de Presidente y Representante Legal de la Empresa STANFORD, C.A.
SEGUNDO: No hay costas dada la naturaleza del fallo. Así se decide.