en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO presentada en copia certificada a los autos que conforman el presente expediente, y así se decide. En consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO que se detalla a continuación:
RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO signada con el Nº 476, FOLIO 239, AÑO 1968, de la ciudadana: Nº 476, FOLIO 239, AÑO 1968, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-9.578.020, de los Libros de Registro Civil de Actas de Nacimiento llevados en ese entonces por la PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPIO ANDRÉS ELOY BLANCO, PARROQUIA PIO TAMAYO, ESTADO LARA, ya que en la referida acta se cometió errores materiales involuntarios al momento de asentar en el acta el nombre de su madre, por cuanto fue identificada como "SELVIA ESCALONA", siendo lo correcto "MARÍA SERVIA ESCALONA DE HERNÁNDEZ".-
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