Sobre la base de los anteriores argumentos este Juzgado Cuarto de de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: SIN LUGAR la demanda de nulidad de la providencia administrativa Nº 00047-2011 de fecha 24-2-2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo Pedro Ortega Díaz, Sede Sur, Caracas, que acordó el reenganche y pago de salarios caídos en favor de la ciudadana LILIANA MEDINA, C.I. Nº V- 18.331.441, así como el acto de ejecución forzosa de fecha 16-11-2011, orden de servicios Nro. 0511/11.
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