D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de acuerdo a lo previsto en los Artículos 48 numeral 7° y 318 numeral 3° y 322 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano DEIVY JOSE VARGAS, cédula de identidad N° 14.674.482, soltero, funcionario policial, nacido el 08 de mayo de 1980, hijo de José David Vargas y Noelia de los Santos Rodríguez, domiciliado en carrera 31 entre 33 y 34, casa 33-32, Barquisimeto Estado Lara y en Cojedes Urbanización Rómulo Gallegos, Avenida Caracas con calle Canaima, quinta La Pintita, N° 11-c, San Carlos Estado Cojedes por los hechos descritos en el primer capítulo de la presente decisión. Contra esta resolución procede el recurso de apelación. Notifíquese.-