PRIMERO: Se REVOCA la decisión dictada el 10 de marzo de 2011 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreto perimida la instancia en el juicio que por prescripción adquisitiva siguen la ciudadana Ramona Moya De Paúl y los herederos conocidos del de cujus quien en vida se llamara Ernesto Paul, ciudadanos Gladys Teresa Paul Moya, Julio Paul Moya, Hernando Paul Moya, Gloria Elcy Paul De Thompson, Jairo Paul Moya Y Luz Mirian Paul De Meza en contra de la Alcaldía del Municipio Chacao y la sociedad mercantil Bienes y Servicios Biserca C.A.;
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado en que se encontraba al momento de la decisión revocada (de fecha 10-03-2011);
TERCERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora, sin que se impongan costas dada la naturaleza de la decisión.