Por lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA NOTIFICACION DE LAS PARTES en la presente causa, y una vez conste en autos la última de las notificaciones practicadas, se fijará por auto expreso la oportunidad en que deberá celebrarse la Audiencia Oral contenida en el artículo 123 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Noveno Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Palacio de Justicia. En Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de Marzo de 2014. Años: 203° de la Indepen.....