Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano JOSÉ MANUEL PIÑERO, quien es venezolano, mayor de edad, nacido en Mariara, Estado Carabobo, en fecha 22-10-1963, hijo de Georgina Piñero y Jaime Dos Ramos, grado de instrucción segundo año, profesión Carpintero, domiciliado en la Calle Brasil, Casa # 11, Barrio Vista Alegre, Mariara, Estado Carabobo del delito de COOPERADOR EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 408 en concordancia con el articulo 82 del Código Penal; y en consecuencia se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad que pesa en su contra y se acuerda librar los oficios respectivos. Se exonera de costas al Estado Venezolano