Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del ciudadano XXXXXXXX, venezolano, de 15 años de edad, nacido en fecha 04-06-90, hijo de XXXXXXX y XXXXXXXX, de profesión u oficio no definido, domiciliado en XXXXXX; en lo que respecta al delito de lesiones leves, previsto en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos José Rafael Durán Boada y Dionisio Rodríguez; con fundamento en los artículos 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.