Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró Por las razones precedentemente expuestas, IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por acción de amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos por los abogados Andrés Enrique Alfonzo e Ignacio Pages, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 25.693 y 33.934 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano GABRIEL ENRIQUE OSIO ZAMORA, en su condición de accionista de la sociedad mercantil ECONOINVEST CASA DE BOLSA, C.A. contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución número 001, de fecha 16 de septiembre de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Número 39.525 de fecha 6 de octubre de 2010,emanada de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE VALORES, mediante la cual ordenó "(¿) Liquidar a Econoinvest Casa de Bolsa, C.A. (¿)".