Auto mediante el cual este Juzgado de Sustanciación se pronunció en relación a la admisibilidad del recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y subsidiariamente con amparo cautelar por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Banco del Caroní, C.A., Banco Universal, contra el acto administrativo número 458.10 de fecha 24 de agosto de 2010, dictado por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), el cual fuera notificado en fecha 25 de agosto de 2010, conforme al oficio Nº SBIF-DSB-CJ-PA-14922 de fecha 24 de agosto de 2010, y el cual decide el Recurso de Reconsideración interpuesto contra el acto administrativo número 322.10 de fecha 21 de junio de 2010.05