Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio CARMEN PADRÓN, en fecha 05 de Septiembre de 2016, contra el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de Agosto de 2016, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos CONSTANTINO RENE BADRA SAYEGH, DORIS ELIZABETH BADRA SAYEGH Y ANTOUN GEORGES ATA BERUTI contra la Sociedad Mercantil "GROUP VIGO & ASC C.A.", la cual queda confirmada.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpue.....