Se decreta: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente inmueble: constituido por el apartamento identificado con el No. 8-A, ubicado en el piso octavo del edificio Residencias Laocoonte, situado en la Urbanización El Parral, Parroquia San José, Municipio Valencia, Estado Carabobo, el cual tiene una superficie aproximada de construcción de CIENTO VEINTIUN METROS CUADRADOS (121 m2) y comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Pasillo de circulación y apartamento 8-D, SUR: Fachada Sur del edificio, ESTE: Escalera de circulación y fachada interna del edificio, y OESTE: Fachada Oeste del edificio. Dicho inmueble sigue siendo atribuido en el asiento registral del Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Valencia del Estado Carabobo, a la sociedad de comercio LAU RENAK C.A., según documento de fecha 26 de mayo de 1998, registrado bajo el Nº 33, folio 1 al 3, Pto.1º, Tomo 36.