-VI-
DISPOSITIVO DEL FALLO
Con base en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, con competencia en los estados Aragua, Carabobo y Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. DECAIMIENTO DEL OBJETO del Recurso Contencioso Tributario conjuntamente con solicitud de Amparo Constitucional Cautelar, interpuesto por los abogados Humberto Romero-Muci, Eduardo Meier García, Isabel Rada León y Johan Solarte Meneses, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 25.739, 61.465, 178.196 y 257.167 respectivamente, actuando como apoderados judiciales de AGROPORC, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha 21 de julio de 2015 bajo el Nº 29, Tomo 112-A, e inscrita ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-30210508-0, con domicilio procesal en el Edificio .....