DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Tercero Agrario, actuando en sede Contenciosa Administrativa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la Medida Cautelar Innominada solicitada por el apoderado judicial de la parte accionante, en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Agrario con Medida Cautelar Innominada de Suspensión de Efectos del Acto Administrativo Recurrido (Medida Cautelar), contra la resolución dictada por el directorio del Instituto Nacional de Tierras, el 11 de diciembre de 2007, en sesión 154-07, Punto de Cuenta Nº 378.