ESte Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dichas rectificaciones en el sentido que figure el nombre correcto de la madre de los solicitantes como “HERIBERTA”.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Diego de Lozada, Municipio Jiménez del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en las Partidas de Nacimientos Nros. 159, folio 80 fte., año 1955 y N° 42, folio19 vto., año 1966. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.