Por todo lo antes expuesto, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se ADMITE, el recurso de apelación de efecto suspensivo ejercido por el ciudadano abogado, Orlando Contreras, actuando en su condición de Fiscal Auxiliar Interino Décimo Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD a tenor de lo dispuesto en los numerales 2º, 3º, 4º, 6º y 9º del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano RAMON ANTONIO PEREZ FLORES, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el articulo 52 de .....