Primero: Declara CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por el Abg. JORGE LUIS CAMACHO GARCIA. En su condición de Defensor del ciudadano LUIS ALFREDO LOPEZ. Segundo: ANULA la decisión dictada por el Tribunal en Funciones de Control Nro 2, del Circuito judicial Penal del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, en fecha 17-05-2012, mediante la cual Decreto: Primero: declara sin lugar las excepciones opuestas, por extemporáneas, De conformidad al artículo 174 en 175 y 179 todos del Código Orgánico Procesal Penal , por violación de los artículos 49 y 26 de la Constitución de la republica Bolivariana de Venezuela.Tercero: Se retrotrae la presente causa al estado en que se convoque nuevamente a las partes a la audiencia de preliminar en un lapso no mayor a las 48 horas del recibo de la presente actuación