DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Décima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, acuerda: DECLARAR SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de diciembre de 2013, por la profesional del derecho SONIA GOMEZ TOVAR, Defensora Pública Auxiliar Vigésima Penal, en su carácter de defensora del ciudadano EDGAR ALEJANDRO GUERREO RODRIGUEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 9 de diciembre del 2013, por el Juzgado Vigésimo Noveno (29º) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acuerda: "...DECRETAR con fundamento en el (sic) artículos (sic) 236 numerales 1, 2 y 3 en relación con lo establecido en los artículos 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal, la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al c.....