DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
SE DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión de fecha 08 de febrero de 2.010, dictada por el a-quo, mediante la cual Negó el Permiso de Supervisión especial al penado DOMINGO CONCEPCIÓN MATTEY ARAUJO y todos los actos posteriores que se hubieren podido derivar de ella, con excepción de la presente decisión; y, SE ORDENA que otro juez de Ejecución distinto al de la decisión anulada se pronuncie sobre tal requerimiento, prescindiendo de los vicios señalados en esta decisión. Todo con sustento jurídico en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 190, 191, 195, 196 y 434 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, re.....