Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Ciudadano Félix Hernández Richards, titular de la cédula de identidad Nº 5.544.003, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 23.809, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente "BIOTECH LABORATORIOS, C.A.", en contra de la Resolución Nº 312-96, de fecha diecinueve (19) de junio de 1996, emanada de la Dirección de Hacienda Municipal, del Municipio Iribarren, del Estado Lara,