En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, abogada MARJORIE DÁVILA GONZÁLEZ, contra la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de agosto de 2015.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de las actuaciones realizadas a partir del 9 de noviembre de 2009 y se REPONE la causa al estado que comience a transcurrir el lapso para que la parte demandada, sociedad mercantil MONAGAS PLAZA, C.A., de contestación a la demanda, previa notificación que se haga de la presente decisión a las partes por.....