En consecuencia, al haber sido requerido, por este Tribunal, que la empresa, AGROPECUARIA CHORO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil que llevara el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, anotado bajo el Nº 10, folios 19 al 27 del Libro de Registro de Comercio Nº 44 adic en fecha 20 de septiembre de 1990, con domicilio en Carretera Nacional Vía Píritu, Sector Choro Araguaney, Estado Portuguesa, Municipio Esteller, Parroquia Esteller, tal como consta en instrumento poder autenticado por ante la Notaría Pública de Cabudare Estado Lara, en fecha 08 de agosto de 2018, bajo el Nº 58, tomo 141, folios 192 hasta el 194, corrigiera en un plazo de tres (03) días, la demanda por motivo de ACCION POSESORIA POR PERTURBACION A LA POSESION AGRARIA, por no acompañar ninguna documentación relacionada sobre el título que origina la comunidad, los nombres de los condóminos y la proporción en que deben dividirse los biene.....