Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCION efectuada por las partes INVERSIONES CAPTIVA, C.A., Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 15 de junio de 2007, bajo el No. 67, Tomo 47-A, de este domicilio e INVERSIONES HONG FOOK,C.A., Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 20 de marzo de 2006, bajo el No. 04, Tomo 16-A, de este domicilio.
En consecuencia, se tiene con autoridad de COSA JUZGADA, se da por terminado el juicio.