Se dictó auto de admisibilidad de la querella presentada por los abogados Yarsenia Vanegas de Alvarez y Carti Jesus Pulido Namias, procediendo con el caracter de apoderados de la entidad Mercantil Consorcio Hernandez Figallo C.A., contra los ciudadanos Elias Ramon Colmenares Pinto y Oswing Oswaldo Oropeza Rojas, por la presunta comisión de los delitos de Agavillamiento y Hurto Calificado. Se ordenó remitir las actuaciones a la Fiscalía Superior del Estado carabobo a los fines de la designación de un Fiscal del Ministerio Público, para la investigación respectiva